Los delitos contra la Seguridad Vial
Conforme a los establecido en los artículos 379 y siguientes del Código Penal, la conducción de vehículo del motor o ciclomotor:
1.- Con VELOCIDAD SUPERIOR A LA PERMITIDA reglamentariamente
- En 60 km/h en vía urbana o
- En 80 km/h en vía interurbana
lleva asociada la pena de
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 1 y 4 años
y además puede llevar asociada cualquiera de las siguientes penas:
- Prisión de 3 a 6 meses y/o
- Multa de 6 a 12 meses y/o
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días
2.a- BAJO LA INFLUENCIA DE DROGAS tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas y/o
2.b- CON UNA TASA DE ALCOHOL EN AIRE ESPIRADO superior a 0,60 miligramos por litro y/o
2.c- CON UNA TASA DE ALCOHOL EN SANGRE SUPERIOR a 1,2 gramos por litro.
lleva asociada la pena de
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 1 y 4 años
y además puede llevar asociada cualquiera de las siguientes penas:
- Prisión de 3 a 6 meses y/o
- Multa de 6 a 12 meses y/o
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días
3.- Con TEMERIDAD MANIFIESTA Y PUESTA EN PELIGRO PARA LA VIDA O INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS
- Se considerará que esto sucede siempre que concurran simultáneamente cualquiera de las conductas del punto 1.- junto con las del 2.b- o 2.c-.
lleva asociada la pena de
- Prisión de 6 meses a 2 años y
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 1 y 6 años
Si esta conducta se realiza CON MANIFIESTO DESPRECIO POR LA VIDA DE LOS DEMÁS la conducta lleva asociada la pena de
- Prisión de 2 a 5 años y
- Multa de 12 a 24 meses y
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 6 y 10 años.
Si en cambio NO SE HUBIERE PUESTO EN CONCRETO PELIGRO LA VIDA O LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS la conducta lleva asociada la pena de
- Prisión de 1 a 2 años y
- Multa de 6 a 12 meses y
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 6 y 10 años.
4.- Con ABANDONO DEL LUGAR DEL ACCIDENTE CAUSADO POR EL MISMO CONDUCTOR en aquellos casos que se hubiera producido la muerte o lesiones que requieran tratamiento, la pérdida de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, grave deformidad, o enfermedad somática o psíquica o pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal, o su deformidad.
- Si los hechos causados por el conductor tuvieran origen en una conducta IMPRUDENTE el abandono llevará asociadas la pena de
- Prisión de 6 meses a 4 años y
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 1 y 4 años
- Si los hechos causados por el conductor tuvieran origen en un HECHO FORTUITO el abandono llevará asociada la pena de
- Prisión de 3 a 6 meses
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 6 meses a y 2 años
5.- Con NEGATIVA A SOMETERSE A LAS PRUEBAS legalmente establecidas para la comprobación de las tasas DE ALCOHOLEMIA Y LA PRESENCIA DE LAS DROGAS tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas
Esta conducta lleva asociada la pena de
- Prisión de 6 meses a 1 año y
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre 1 y 4 años
6.- Con CONDUCCIÓN EN LOS CASOS DE PÉRDIDA DE VIGENCIA DEL PERMISO O LICENCIA POR PÉRDIDA TOTAL DE LOS PUNTOS ASIGNADOS LEGALMENTE o PRIVACIÓN CAUTELAR O DEFINITIVA POR DECISIÓN JUDICIAL o NO HABER OBTENIDO NUNCA PERMISO O LICENCIA DE CONDUCCIÓN
Esta conducta lleva asociada cualquiera de las siguientes penas con carácter alternativo
- Prisión de 3 a 6 meses o
- Trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Conforme a lo establecido en el artículo 385 del Código Penal QUIEN GENERE GRAVE RIESGO PARA LA CIRCULACIÓN
- Mediante la COLOCACIÓN DE OBSTÁCULOS IMPREVISIBLES y/o
- DERRAMANDO SUSTANCIAS DESLIZANTES O INFLAMABLES y/o
- MUTANDO, SUSTRAYENDO O ANULANDO LA SEÑALIZACIÓN POR CUALQUIER OTRO MEDIO y/o
- NO RESTABLECIENDO LA SEGURIDAD DE LA VÍA, CUANDO HAYA OBLIGACIÓN DE HACERLO
llevará asociada cualquiera de las siguientes penas con carácter alternativo:
- Prisión de 6 meses a 2 años o
- Multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 10 a 40 días